Informacion

Información Obras Sociales N°47-2023
15/08/2023

PAMI – Prescripciones Validas y Recetas de Emergencia

Colegas, tal como fue comunicado en el Boletín de obras Sociales N° 46/2023, recordamos que el PAMI ha restituido la normalidad del funcionamiento del sistema de prescripción de recetas electrónicas. Ante lo antes mencionado, detallamos a continuación los puntos a tener en cuenta:

  • Las recetas de papel particulares (puestas en vigencia a modo de emergencia por el inconveniente en el sistema de PAMI de público conocimiento), deberán tener como fecha máxima de prescripción hasta el día 15 de agosto inclusive. Dichas recetas podrán ser validadas y dispensadas por las farmacias dentro de la tradicional vigencia de 30 días entre la fecha de prescripción y la fecha de dispensa.
  • A partir del día miércoles 16 de agosto, las únicas recetas con fecha de prescripción vigentes serán las recetas electrónicas oficiales de PAMI y las recetas manuales celestes de PAMI.
  • Las recetas de papel particulares (puestas en vigencia a modo de emergencia por el inconveniente en el sistema de PAMI de público conocimiento) dispensadas en los términos de las normas informadas tendrán un límite para su presentación al cobro hasta el día 15/10/2023, es decir que podrán formar parte de las presentaciones hasta el cierre correspondiente a la 1º quincena de octubre.

Completando la información, restaría precisar con PAMI la vigencia del período mixto en materia de validación de Pañales y segmento Alto Costo. En cuanto nos informen, estaremos comunicando a la brevedad.

 

IBERO ASISTENCIA –  Aumento de Tope

La Obra Social informa que, a partir del pasado lunes 7 de agosto, el tope de cobertura para todos sus planes pasó a ser de $ 5.800- por receta.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

 

INTEGRAL GILSA  - Nuevos Planes

Colegas, la Obra Social informa que, a partir del día lunes 14 de agosto del corriente año, entrarán en vigencia dos nuevos planes, detallados a continuación:

  • Plan “Integral”: cobertura del 40%, sobre el vademécum de la Obra Social.
  • Plan “MI 850”: cobertura del 40%, sobre el vademécum de la Obra Social.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

 

OSPE – Autorizaciones

La Obra Social informa que, a partir del pasado lunes 7 de agosto, aumentó los topes para solicitar autorización, los cuales se detallan a continuación:

  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 55.000, deberá estar autorizado por la Delegación de OSPE para ser dispensado.
  • Cuando el PVP del medicamento supere el importe de $ 170.000, deberá estar autorizado por OSPE Casa Central para ser dispensado.

-Para ver Normas de Atención, Clic aquí.

 

OSPIA – Aumento de Monto para solicitar Autorización

Informamos que, a partir del día de la fecha, la Obra Social eleva el monto para solicitar Autorización, el mismo será de $ 10.000.-

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

 

PODER JUDICIAL – Anticonceptivos

Colegas, la Obra Social informa que, a partir del día de la fecha, incorporan productos con la cobertura del 100%, sin requerir autorización previa, como por ejemplo: anticonceptivos, ácido hialurónico, hialuronato sódico, denosumab y rivaroxaban. Dicha cobertura la emitirá el sistema de validación Colfarma online, al momento de la dispensa.

-Para ver Norma de Atención, Clic aquí.

 

UNLP – Actualización del Vademécum

Informamos que el Vademécum ha sido actualizado por la Obra Social, para ver el mismo, Clic aquí.

 

IOMA – Recetarios válidos – Recordatorio

Colegas, recordamos que a partir del pasado 3 de agosto, el Instituto informó que las recetas de IOMA-UMA se deberán validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma On line. También recordamos que las recetas electrónicas (Recetario electrónico de IOMA y Recetario electrónico IOMA-UMA) para los planes autorizados, se deben validar en el Plan de “Receta oficial”.

De este modo, a continuación se detallan los ejemplos y método de validación de los únicos recetarios válidos para la dispensa:

- Recetario oficial de IOMA (color magenta): Deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambos en original.

- Recetarios de SAMO: Los que deberán contener el sello en original del hospital correspondiente, deberán estar prescriptas en original, donde el sello y firma hológrafa del profesional prescriptor deberán estar también ambos en original.

- Recetario electrónico de IOMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma Online. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA, es que la misma se podrá aceptar  para  autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta (Excepto en la 1° provisión, donde la autorización siempre debe ir acompañada por la copia de la receta, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original). La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico de IOMA, Clic aquí.

- Recetario electrónico IOMA-UMA: Se debe validar a través del acceso “Receta Electrónica”, en el sistema de validación Colfarma Online. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

Un punto a tener en cuenta, referente a la Receta Electrónica IOMA-UMA, es que la misma se podrá aceptar  para  autorizaciones del plan Ambulatorio, sin que se imprima la receta (Excepto en la 1° provisión, donde la autorización siempre debe ir acompañada por la copia de la receta, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original). La Farmacia deberá proceder a su validación a través del plan de “Receta oficial” con el porcentaje correspondiente, donde se deberán completar todos los campos y en el “Nro. de receta” se deberá colocar el número del recetario electrónico. El afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación. Luego se deberá adjuntar el comprobante de validación con los troqueles adheridos a la autorización correspondiente. Para ver modelo de receta electrónico IOMA-UMA, Clic aquí.

- Recetario electrónico BONAERENSE: Se debe validar a través del Plan SAMO. No será necesaria la impresión de la receta, solo se deberá presentar el comprobante de validación (donde el afiliado o tercero dará la conformidad mediante firma y datos en el comprobante de validación), con los troqueles adheridos.

 

IOMA – Recetas Autorizadas  – Recordatorio

Se recuerda que, al momento de dispensar recetas autorizadas, siempre se deberá adjuntar a la receta la O.P (Autorización de IOMA) y tener en cuenta el rango de fechas estipulado en la O.P. para efectuar la dispensa.

Al respecto y completando la información, queremos recordar que siempre el número de receta especificado en la O.P (Autorización de IOMA) de la 1° previsión, debe coincidir con la receta que se adjunta a la misma, la cual deberá estar sellada y firmada al dorso por IOMA, ambos en original. Caso contrario, será motivo de débito.

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