Informacion

Boletín Electrónico RELACIONES PROFESIONALES - Incorporación/Renovación categoría "A" hospitalaria.
13/12/2021

El H. Consejo Directivo en sesión del día 29/11/2021 por Resolución N° 18/21 (para ver Resolución haga clic aquí), ratifica la vigencia de la Categoría de pago de Matrícula (Cat A) destinada a farmacéuticos matriculados hospitalarios que incluye a Residentes, Becarios, Concurrentes, farmacéuticos contratados por designación directa, contratos transitorios, farmacéuticos de planta que no cobren bloqueo de título, todos ellos que ejerzan en establecimientos municipales, provinciales o nacionales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y perciban una remuneración bruta mensual, por todos los conceptos, menor a la propuesta por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires al Poder Ejecutivo Provincial, lo cual se acreditará mediante su recibo de sueldo y  demás requisitos que deberán cumplimentar en la plataforma COLFARMA TAD, con su usuario y contraseña personal.


Para ser incorporados a esa Categoría de pago de Matricula (CATEGORÍA A) los farmacéuticos hospitalarios interesados deberán acreditar ante el Colegio -Departamento de Relaciones Profesionales-, su condición de tales mediante la presentación de la siguiente documentación:

 

1. Nota de Solicitud (se descarga desde COLFARMA TAD).
2. Libre regencia en el orden Nacional finalizado (clic acá)
3. Copia del último recibo de sueldo completo
4. Certificado de domicilio (clic acá para ver tutorial)
5. Copia del acto administrativo de designación del cargo, debiendo obligatoriamente actualizar toda la documentación anualmente, treinta días antes de su vencimiento.

 

En el momento de su incorporación a dicha categoría, deberán suscribir una declaración jurada (para ver declaración jurada haga clic aquí) por medio de la cual se compromete a informar inmediatamente al Colegio Profesional cualquier cambio en su situación laboral ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, como así también ante las autoridades competentes para el caso de los Hospitales Municipales o Nacionales.

 

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